La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) informa sobre la vigencia y aplicación del artículo 174 de la Ley 1955 de 2019, Plan Nacional de Desarrollo (PND), que modifica el artículo 11 de la Ley 1715 de 2014.
El equipo técnico de la entidad precisó los alcances del Artículo 321 del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2019- 2022 sobre inversión forzosa de no menos del 1%, que están obligados a destinar quienes desarrollan proyectos que utilizan agua de fuentes naturales.
Ante representantes del sector minero del país la entidad presentó algunas de sus herramientas tecnológicas que aportan al fortalecimiento de la evaluación y seguimiento a los proyectos.
Los representantes de seis municipios, la Gobernación de Casanare y la Defensoría del Pueblo, atendieron la convocatoria de la Autoridad frente al diálogo en donde se abordó el desarrollo de estrategias para la conflictividad en la región.
logo-bog.gov.co_85x20.png)












